Producto herbicida técnico DCPA (Dacthal) suspendido por la EPA

A partir del 22 de agosto de 2023, la Agencia de Protección Ambiental de EE. UU. suspendió el producto de grado técnico que contiene el pesticida tetraclorotereftalato de dimetilo (DCPA), comercializado con el nombre comercial Dacthal, porque el solicitante de registro no presentó los datos requeridos para respaldar su registro continuo. Los productos de grado técnico son formas de pesticidas de alta concentración que se formulan en productos pesticidas de uso final. Esta suspensión prohíbe la venta, distribución y uso de este producto técnico DCPA, incluido el uso para formular un nuevo producto de uso final. Los productos de uso final existentes que contienen DCPA, incluidos aquellos que se están distribuyendo, vendiendo o que ya están en manos de usuarios de pesticidas, no están sujetos a esta acción de suspensión y aún pueden usarse de acuerdo con la etiqueta.

DCPA es un herbicida que se aplica para controlar pastos y ciertas malezas de hoja ancha en entornos agrícolas y no agrícolas. Los sitios de uso agrícola incluyen cultivos de col (por ejemplo, brócoli, col rizada, repollo), cucurbitáceas, tomates, cebollas y hierbas. Los sitios de uso no agrícola incluyen césped y plantas ornamentales no residenciales.

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Según lo exige la FIFRA, la EPA reevalúa periódicamente los pesticidas mediante una revisión de registro para garantizar que las evaluaciones de riesgos y las decisiones sobre pesticidas reflejen la mejor ciencia disponible. Parte del proceso de revisión del registro es identificar los riesgos preocupantes e implementar acciones que puedan mitigarlos. Para garantizar que la Agencia tenga datos para evaluar los riesgos basados en las políticas actuales de evaluación de riesgos, la EPA puede emitir una solicitud de datos (DCI) que requiere que los solicitantes de registro cumplan con requisitos de datos específicos en determinadas fechas. La EPA emitió un DCI a AMVAC en enero de 2013 exigiéndole que presentara numerosos estudios para respaldar los registros existentes de DCPA. El DCI exigió que todos los estudios se presentaran a la Agencia en un plazo de tres años.
Los datos requeridos por la EPA incluyeron un estudio integral de los efectos del DCPA sobre el desarrollo y la función de la tiroides en adultos y antes del nacimiento. En ausencia de estos datos, la EPA revisó los datos preliminares presentados por AMVAC, que sugieren que el DCPA puede afectar la función tiroidea en dosis más bajas de lo que se conocía anteriormente, y que puede afectar al feto en dosis más bajas que las que afectan negativamente a los adultos. Sin datos completos sobre la toxicidad tiroidea del DCPA, la Agencia no pudo completar la evaluación de riesgos para la salud humana científicamente sólida y defendible necesaria para evaluar si los productos DCPA continúan cumpliendo con el estándar para el registro bajo FIFRA.

El 28 de abril de 2022, la EPA emitió una aviso de intención de suspender (NOITS) este producto técnico de la DCPA porque AMVAC, el único registrante, no había proporcionado el complemento completo de datos que la Agencia le pidió que presentara a más tardar en enero de 2016. En el momento en que la Agencia emitió los NOITS, los datos tenían un retraso de seis años. . AMVAC solicitó una audiencia sobre los NOITS. Según la Sección 3(c) de la Ley Federal de Insecticidas, Fungicidas y Rodenticidas (FIFRA), los solicitantes de registro deben presentar datos para respaldar el registro continuo de sus productos. El Juez de Derecho Administrativo (ALJ) que resolvió este caso falló a favor de la autoridad de la EPA para exigir al registrante que presente datos de acuerdo con los plazos previstos en los DCI y para hacer cumplir los DCI a través de procedimientos de suspensión administrativa conforme a la Sección 3(c)(2) de FIFRA. (B), para que la EPA pueda tomar decisiones informadas y protectoras de la salud como parte de nuestro proceso de evaluación de pesticidas.

En una decisión del 16 de mayo de 2023, el juez administrativo falló a favor de la EPA y determinó que la suspensión entraría en vigor cuando la decisión fuera definitiva. El 16 de agosto de 2023, la Agencia celebró un acuerdo de conciliación con AMVAC para acelerar la presentación y selección de los datos pendientes. Mediante orden del 22 de agosto de 2023 de la Junta de Apelaciones Ambientales, la decisión del ALJ pasó a ser definitiva y la suspensión del producto técnico DCPA entró en vigor.

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Es ilegal que AMVAC distribuya, venda o utilice su producto pesticida DCPA de grado técnico hasta que la EPA levante la suspensión. Esta restricción se aplica al uso del producto técnico DCPA para formular productos de uso final. Las existencias de productos pesticidas de uso final de la DCPA que ya fueron formulados antes del 22 de agosto de 2023 pueden continuar distribuyéndose, vendiéndose y utilizándose de acuerdo con la etiqueta. La EPA levantará la suspensión después de que la EPA confirme que AMVAC ha presentado los datos requeridos como se especifica en el acuerdo de conciliación.
Los documentos de respaldo están disponibles en el expediente de revisión de registro de la DCPA EPA-HQ-OPP-2011-0374 en www.regulations.gov. La información sobre suspensiones de productos plaguicidas está disponible en sitio web de la EPA.

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