Productos fitosanitarios de la UE: Principales novedades en materia de regulación, transparencia y control judicial en el periodo 2025-2026.
En el Conferencia sobre regulación de la protección de cultivos, En el evento que tendrá lugar del 8 al 9 de septiembre de 2026 en Bruselas, Claudio Mereu, de Bird & Bird, ofrecerá un análisis específico de algunos de los precedentes judiciales más importantes de la UE y de los Estados miembros del periodo 2025-2026 relativos a los productos fitosanitarios y los plaguicidas, prestando especial atención al principio de precaución, la evaluación científica, la renovación y la no renovación de las sustancias activas, las autorizaciones nacionales de productos, la transparencia y el acceso a los documentos, y el creciente papel del control judicial en la toma de decisiones regulatorias.
Los recientes litigios ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal General han aclarado significativamente los límites de la discrecionalidad regulatoria en virtud del Reglamento 1107/2009. La sentencia del TJUE en PAN Europa contra la Comisión (C-316/24 P) sobre cipermetrina Proporciona una guía importante sobre la evaluación de riesgos, la gestión de riesgos y el principio de precaución, en particular sobre la base probatoria requerida cuando las autoridades reguladoras se basan en medidas de mitigación de riesgos. Las sentencias del Tribunal General de 19 de noviembre de 2025 relativas a dimoxistrobina (T-412/22), boscalido (T-94/23), y glifosato (T-565/23) examinar más a fondo las limitaciones legales que rodean las extensiones de la aprobación de sustancias activas en virtud de Artículo 17 mientras los trámites de renovación siguen pendientes.
La conferencia LATAM de mancozeb litigio (T-742/20 RENV, La sentencia de 29 de octubre de 2025 proporciona una importante perspectiva complementaria sobre la revisión judicial de una decisión de no renovación de una sustancia activa. El Tribunal General desestimó inicialmente la demanda interpuesta por UPL Europe e Indofil Industries contra la no renovación del mancozeb, abordando cuestiones como el procedimiento de evaluación de la renovación, supuestos errores manifiestos de evaluación y la relación entre la aprobación de plaguicidas y el marco armonizado de clasificación y etiquetado de la UE en virtud del Reglamento CLP 1272/2008. Posteriormente, el demandante reiteró su argumento en apelación, en particular sobre el punto jurídico de que los dictámenes del comité RAC no son jurídicamente vinculantes y, por lo tanto, el mancozeb no debería haberse evaluado sobre la base de una clasificación que no se había adoptado formalmente en virtud del Reglamento CLP. El recurso fue favorable y el caso se remitió al Tribunal General para su reevaluación, y posteriormente fue desestimado de nuevo por el Tribunal General por otros motivos. Esa sentencia adolece de una inconsistencia inherente: por un lado, el Tribunal General reconoce que las conclusiones sobre el mancozeb no pueden basarse en una opinión no jurídicamente vinculante del RAC relativa a su metabolito ETU, y por otro lado, acepta que la Comisión lo hizo en relación con otras áreas de la evaluación de riesgos, como la disrupción endocrina, que también se basó en gran medida en las propiedades del ETU en contraposición a las de la sustancia original. El caso se encuentra actualmente en apelación ante el TJUE (C-869/25 P).
La presentación también considerará C-308/22, PAN Europe contra Bélgica, por sus implicaciones para las autorizaciones nacionales de productos. La sentencia refuerza la importancia de considerar el conocimiento científico y técnico más fiable disponible al evaluar los productos fitosanitarios, ilustrando cómo los avances en el conocimiento científico pueden afectar las autorizaciones a nivel de los Estados miembros.
Un segundo aspecto se refiere a la transparencia y acceso a la información regulatoria. Litigios recientes, incluido Arysta LifeScience v EFSA (T-222/23) respecto a Captan y la información comercialmente sensible, y PAN Europe contra la Comisión (T-104/23El caso relativo al acceso a los documentos de la Comisión ilustra la interacción cada vez más importante entre el Reglamento 1107/2009, el Reglamento 1049/2001 sobre el acceso del público a los documentos de la UE y el Reglamento de Aarhus. Estos casos plantean cuestiones fundamentales sobre el equilibrio entre la transparencia medioambiental, la participación pública y la protección de la información comercial confidencial.
La presentación examinará a continuación cómo los tribunales de los Estados miembros aplican estos principios, con Francia proporcionando ejemplos recientes particularmente significativos. CAA París, 3 de septiembre de 2025 (23PA03881), en Justicia para el vivo, abordó las deficiencias en el enfoque del Estado sobre la evaluación del riesgo de plaguicidas y el principio de precaución, incluyendo la consideración del conocimiento científico actual. CAA Marsella, 28 de febrero de 2025 (24MA00675), relativo a sulfoxaflor productos, resaltaron la importancia de evaluar los riesgos asociados con el producto formulado y las condiciones reales de uso, incluidos los riesgos para los polinizadores. Consejo de Estado La sentencia de 5 de junio de 2025 (488338) ilustra aún más el margen de maniobra de los Estados miembros para adoptar medidas de protección a pesar de la aprobación a nivel de la UE de determinadas sustancias activas.
Se prestará especial atención a la litigios franceses sobre el cobre. En su decisión del 31 de marzo de 2026, el Tribunal administrativo de Melun suspendió parcialmente cuatro decisiones de la ANSES relativas a productos que contienen hidróxido de cobre, Se han identificado serias dudas sobre aspectos de la evaluación de riesgos laborales en la viticultura, lo que exige una reconsideración de los usos pertinentes. El caso ilustra la interacción entre la aprobación de una sustancia activa por la UE, la autorización nacional de los productos formulados, la evaluación científica de la exposición en condiciones reales y las consecuencias prácticas de la retirada del producto, incluso para la viticultura ecológica. La ANSES ha presentado un recurso ante el Consejo de Estado, y el Senado francés ha dejado constancia de la persistente incertidumbre en torno a los productos de cobre.
Reciente Holandés jurisprudencia, incluidas las sentencias del CBb de 14 de octubre de 2025 relativas a glifosato y cipermetrina productos y la sentencia del Raad van State de 4 de marzo de 2026 relativa a Captan y el acceso a los documentos reglamentarios, proporciona una perspectiva comparativa adicional de los Estados miembros.
En conjunto, estos casos demuestran una clara tendencia hacia una mayor escrutinio judicial intensivo de la regulación de plaguicidas. La cuestión central ya no es si las autoridades reguladoras tienen discreción, sino si esa discreción se ha ejercido sobre la base de pruebas científicas suficientemente sólidas, una consideración adecuada de la incertidumbre y la precaución, un razonamiento transparente y medidas de gestión de riesgos legalmente defendibles.
Para los solicitantes, los registrantes, los reguladores y las partes interesadas, la jurisprudencia emergente tiene implicaciones significativas para las estrategias de renovación, las autorizaciones nacionales de productos, las presentaciones de cotejo de datos, la gestión de datos científicos y la confidencialidad, la transparencia, la revisión interna y el riesgo de litigios.